Si declara dependientes, probablemente califique para uno de estos dos créditos.
Crédito Tributario por Hijos (CTC)
- Cantidad: Hasta $2,000 por cada hijo que califique menor de 17 años.
- Porción Reembolsable: Si el crédito reduce su impuesto a cero, puede recibir hasta $1,700 como reembolso (esto se denomina «Crédito Tributario Adicional por Hijos»).
- Elegibilidad: El hijo debe ser su dependiente, tener menos de 17 años al final del año y poseer un número de Seguro Social válido.
Crédito por Otros Dependientes (ODC)
- Cantidad: Hasta $500 por dependiente.
- Quién Califica: Dependientes que no califican para el CTC, tales como:
- Hijos de 17 años o mayores.
- Padres dependientes u otros familiares.
- Dependientes con un ITIN en lugar de un SSN.
- No Reembolsable: Este crédito solo puede reducir su factura tributaria a cero; no puede generar un reembolso.
Recurso Oficial del IRS: Crédito Tributario por Hijos